Pese a que la Reforma Fiscal 2019 no presenta cambios significativos, existen algunas medidas como la eliminación de la Compensación Universal que podría impactar en una reducción en el flujo de efectivo de las empresas, en tanto que otras como los estímulos fiscales en la zona fronteriza incentivarán la inversión y desarrollo económico, expuso el presidente del Comité Ejecutivo del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Puebla (CCPEP), Salvador Manuel Méndez Rosales.
En rueda de prensa, explicó que con las modificaciones a las leyes fiscales se elimina la posibilidad de compensar saldos a favor de impuestos federales por adeudo propio o por retención a terceros, y únicamente:
- Se podrán compensar saldos a favor contra cantidades a pagar por adeudo propio, siempre que deriven de un mismo impuesto.
- Saldos a favor de IVA, sólo acreditarlo contra el mismo impuesto hasta agotarlo o solicitar su devolución.
Dijo que existe la confianza de que, en conjunto, las medidas adoptadas por el gobierno federal traigan beneficios palpables a la economía del país.
Otro punto a tomar en cuenta es el cumplimiento de las disposiciones de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, por parte de las Personas Física y Morales que no hayan cumplido sus obligaciones por el periodo del 1 de julio de 2013 al 31 de diciembre de 2018, tendrán la oportunidad de autocorregirse y lograr condonaciones de multas por parte de la autoridad correspondiente, siempre que obtengan autorización del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y cumplan sus obligaciones en materia de prevención de lavado de dinero durante el ejercicio 2019.
Acompañado de Carlos Saucillo Osuna y David Nieto Martínez, integrantes de la Comisión Fiscal, Méndez Rosales destacó que la tasa de retención del ISR por intereses pagados por el sistema financiero será de 1.04 %, en tanto que las tasas de recargo en los casos de prórroga no cambian respecto al ejercicio anterior y quedan de la siguiente manera:
- 0.98% mensual sobre los saldos insolutos.
- Las tasas de recargos y actualización en el caso de pagos en parcialidades, según el plazo, serán las siguientes:
- a) De hasta 12 meses: 1.26% mensual.
- b) De más de 12 meses y hasta de 24 meses: 1.53%
- c) En parcialidades superiores a 24 meses, así como tratándose de pagos a plazo diferido: 1.82%
- La tasa de recargos por mora 1.47% mensual
Con respecto al Decreto de Estímulos Fiscales para la zona fronteriza, explicó que las empresas instaladas en la región serán objeto de un crédito fiscal equivalente a la tercera parte del Impuesto sobre la Renta (ISR) del ejercicio o de los pagos provisionales relacionado con los ingresos obtenidos en la región, excepto los que deriven de bienes intangibles y el comercio digital.
Además, una reducción del 50 por ciento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por la enajenación de bienes, prestación de servicios y uso o goce temporal de bienes entregados materialmente o servicios prestados en la región, excepto venta de inmuebles e intangibles y el suministro de contenidos digitales.