Sanción por manejar un vehículo con ventanas polarizadas en Puebla

142
2 de Julio de 2024

En el Código Reglamentario Municipal de Puebla (Coremun), se detallan las especificaciones que deben cumplir los vehículos para circular dentro de la ciudad. En el apartado correspondiente al control vehicular, se mencionan las normativas relacionadas con dispositivos, accesorios y condiciones que afectan la movilidad, seguridad vial, transporte, ecología y protección ambiental.

Según lo estipulado en el capítulo 10 del reglamento de tránsito, se establece que los vehículos deben portar un engomado alfanumérico y tarjeta de circulación válida. Además, se prohíbe cualquier tipo de propaganda luminosa o que contenga colores o imágenes reservadas a instituciones públicas.

En lo que respecta a los vidrios polarizados, se especifica que estos deben estar excluidos de las características del vehículo. De lo contrario, se aplicará una sanción económica, sin implicar la suspensión de la licencia de conducir.

De acuerdo con las disposiciones del reglamento de tránsito, el oscurecimiento o polarización de los vidrios laterales, el medallón o el parabrisas mediante tintado, polarización u otro método similar, conlleva una multa establecida en el artículo 71, Fracción V y el artículo 47, Fracciones IX. Esta multa equivale al valor diario de 8 a 12 Unidades de Medida y Actualización, lo que corresponde a una cantidad monetaria entre 300 y 500 pesos.